Revista Iberoamericana de Arbitraje y Mediación

Ensayo: LEGISLACION SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL EN LOS PAISES DE LA UNION SUDAMERICANA.( breve reseña)
Autor: Señor JOSE LUIS VERA MORENO
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LEGISLACION SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL EN LOS PAISES DE LA UNION SUDAMERICANA.( breve reseña)

BOLIVIA: Este país cuenta con la LEY 1770 del 10 de Marzo de 1997. Reconoce como antecedente los códigos de Comercio y de Procedimientos, dicha ley, en su proyecto contenía 38 artículos insertados en CUATRO TITULOS, destacándose en el Segundo, el ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL y en el TERCERO la conciliación, en el ARTICULO 94 cita a la MEDIACIÓN. Existen en ese país importantes CENTRO DE CONCILIACIÓN y ARBITRAJE, tanto en la ciudad de LA PAZ, en la capital SUCRE, como así también en SANTA CRUZ DE LA SIERRA, muy vinculado al IBCE ( Instituto Boliviano de Comercio Exterior.

CHILE: En su ley 19971 del mes de Septiembre del año 2004, " LEY DE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL" que tiene como fuente el Código de Procedimientos ( artículos 628 a 644 ) regula este tipo de Arbitraje y unas de sus Instituciones especializadas más importante es la CAMARA DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN, dependiente la CAMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO, que editan un boletín especializado en los temas arbitrales (virtual) se puede consultar en www.camsantiago.ccs.cl

COLOMBIA: Por DECRETO 2279 de Octubre de 1989 regula lo que ellos denominan " ARBITRAMENTO " y en dicha legislación, mencionan el ARBITRAJE DE DERECHO, EN CONCIENCIA Y EL TÉCNICO, también el PACTO ARBITRAL Y LAS CLUSULAS COMPROMISORIAN. En su artículo 48 reconocen el ARBITRAJE INTERNACIONAL en un todo de acuerdo con los tratados internacionales suscriptos por dicho país. La LEY 315 del año 1996 es de ARBITRAJE INTERNACIONAL y tiene 5 artículos. También la LEY 446 del 7 de Julio de 1998 regula los "Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y sobre un total de 132 arts. debo mencionar el art. 111 sobre ARBITRAJE que modifica la ley 2279.

ECUADOR: La LEY DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN , esta legislada en la LEY OC0.RO/154 del 4 de Septiembre de 1997. En su Título II – art. 43 regula LA MEDIACIÓN y en su título III –art.58 menciona a la MEDIACIÓN COMUNITARIA. También debo citar el DECRETO SUPREMO 735 del 23 de Octubre de 1963 que tiene 64 artículos.

PARAGUAY: Cuenta este país del MERCOSUR, con la LEY DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN 1879 ( 2002) cuyo proyecto fue presentado por el Senador FERNÁNDEZ ESTIGARRIBIA con referencia al art 203 de la Constitución Nacional del año 1992 ( primer constitución post MERCOSUR ) siendo uno de sus principales constituyentes el DR OSCAR PACIELLO, que luego integró la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , gran jurista ,hoy lamentablemente fallecido. Esta ley tiene 70 artículos y en art. 53 regula la MEDIACIÓN.

 

 

 

PERU: La ley de PERU, 26572 ,del 6 de Enero de 1996 , " LEY GENERAL DEL ARBITRAJE " tiene 131 artículos y disposiciones transitorias, y determina que las INSTITUCIONES ARBITRALES deben constituirse como PERSONAS JURÍDICAS ( Asociaciones) .El art. 60 reconoce el RECURSO DE APELACIÓN ( salvo desistimiento ) ante el PODER JUDICIAL o SEGUNDA INSTANCIA ARBITRAL..( no son apelables los laudos " de conciencia ") y si es judicial es competente la SALA CIVIL de la CORTE SUPREMA , También cita el RECURSO DE CASACIÓN ( art. 77 ) y el art 88 regula el ARBITRAJE INTERNACIONAL.

URUGUAY: Al igual que Argentina, solo esta legislado el ARBITRAJE en el

CODIGO GENERAL DEL PROCESO ( LEY 15982 ) y específicamente en los arts. 472 a 507 del TÍTULO VIII ,pudiéndose citar algunos como: "496" plazo para laudar 60 días hábiles; " 507 " ejecución del laudo ( ref. 498 ) ; " 377 " inc.4

La vía de APREMIO para laudos arbítrales firmes, que contengan cantidad de dinero líquida y exigible ; " 537 " reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras y el " 543 " se aplica a los LAUDOS extranjeros que conc.con el "541 " ejecución de sentencias y laudos extranjeros se " pedirá " ante la S.C..-

VENEZUELA: La ley de ARBITRAJE COMERCIAL es de Marzo de 1998, y contiene 50 artículos.

ARGENTINA Y BRASIL : Las leyes de estos países han sido mencionadas en los puntos anteriores.